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SECCIÓN SEGUNDA DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS ÁREAS DE APOYO AL DEFENSOR O DEFENSORA |
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| Artículo 39.La o el titular de la Coordinación de Tecnologías de la Información y Comunicación, tendrá bajo su responsabilidad las siguientes atribuciones: I. Diseñar, elaborar y presentar la información generada a partir de las tareas realizadas por sus áreas sustantivas y administrativas; II. Establecer y realizar las tareas de seguimiento de las actividades que programen, realicen y ejecuten las diversas áreas de trabajo de la Defensoría, III. Presentar al Defensor o Defensora para su aprobación, su Programa Anual de Trabajo, dirigir su ejecución e informar de los avances y resultados; IV. Generar estrategias y mecanismos de control informático que permitan y faciliten la divulgación y promoción de las actividades programadas y ejecutadas; V. Brindar los servicios de apoyo que soliciten y/o requieran la estructura operativa y administrativa de la Defensoría en el uso y operación de los sistemas de información desarrollados y establecidos por esta Coordinación; VI. Apoyar el diseño, elaboración y presentación de los informes que las diversas áreas de la Defensoría generen; VII. Desarrollar aplicaciones de software según lo soliciten o requieran las áreas que conforman esta Defensoría, VIII. Proponer la adquisición de soluciones informáticas aplicables a los proyectos y acciones que se realicen en las distintas áreas de la Defensoría; IX. Planear y dirigir la administración del Sitio Web de la Defensoría en coordinación con la Dirección de Comunicación Social; X. Garantizar la constante y permanente actualización, administración y mantenimiento en operación de la red de equipos de cómputo para asegurar la disponibilidad de los recursos compartidos en la misma; XI. Implementar y mantener actualizadas las bases de datos asociadas a los sistemas de información que operan en la red de cómputo de la Defensoría XII. Instalar y operar el software especializado requerido por las distintas áreas de trabajo que la conforman, XIII. Brindar los servicios de capacitación al personal que así lo solicite; XIV. Garantizar la integridad de la información contenida en los equipos de cómputo, bases de datos y tráfico de la red informática de la Defensoría; XV. Captar, organizar y procesar la información generada y analizada por las distintas áreas que integran la Defensoría para su análisis y publicación mediante los sistemas de información establecidos; XVI. Mantener en óptima operación el equipo de cómputo asignado al personal de la Defensoría, así como el software desarrollado o adquirido; y XVII.Las demás que le confiera el presente Reglamento, manuales internos y aquellas que le asigne el Defensor o Defensora. |